Odalis
Mejía periódico HOY
Miguel
Valerio, Manuel Corripio, Olivo Rodríguez Huertas y Miguel Febles durante el
almuerzo. HOY/ JOSE DE LEON.
Tres
juristas vaticinaron que varios artículos del nuevo Código Penal serían
anulados por el Tribunal Constitucional (TC) porque chocan con fundamentos de
la Constitución.
No
obstante, indicaron que lo aconsejable es que se hagan las modificaciones en el
Congreso en el período de un año para su entrada en vigor (vacatio legis) a los
fines de se pueda avanzar en su implementación, ya que señalan que la pieza
incorpora muchas novedades que se requerían para enfrentar una gran cantidad de
delitos.
Durante
el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio, el tema fue analizado
por Olivo Rodríguez Huertas, abogado y profesor de Derecho Administrativo,
Miguel Valerio, abogado penalista, y Patricia Santana, abogada
constitucionalista.
Entre
los puntos que entienden deber ser revisados por el TC citaron los relativos al
cúmulo de pena, la penalización del aborto, el ultraje a los funcionarios
públicos, la discriminación, la responsabilidad penal de partidos e iglesias,
el principio de no ser perseguido por un mismo delito dos veces, el
procedimiento de aprobación, así como otros.
Justificación
En
el caso del cúmulo de pena de hasta 60 años, Valerio consideró que esto
equivale a la pena de muerte o cadena perpetua, además de dudar que esto ayude
a disuadir la criminalidad.
Dijo
que el código aún vigente plantea una fórmula que considera correcta, que es
imponer la pena superior para quien cometa varios delitos.
“Sesenta
años es prácticamente una cadena perpetua porque para tener a libertad
condicional habrá que cumplir 30 años”, expresó Valerio.
Otro
tema que entiende debe atenderse es el principio de que no se puede perseguir
dos veces por el mismo delito, se usó una palabra que requiere una
interpretación constitucional. También el punto relativo a la falsedad de
documentos.
Mientras
que Santana consideró que un punto que debe ser atacado son los dos párrafos
que se agregaron al artículo sobre la discriminación.
Explicó
que, si bien se penalizó la discriminación, luego se indica que se puede
invocar objeción de conciencia o libertad de expresión para discriminar. “Estos
dos párrafos le quita toda la eficacia, como si la discriminación no existiera,
o sea como si el tipo penal no existiera”, criticó. Al respecto, Valerio
consideró que esto es la justificación de un conducta reprochable, ya que no
puedo discriminar por asuntos de religión.
Mientras que
Rodríguez destacó que debe ser revisado totalmente el régimen punitivo del
aborto, ya que la racionalidad debe estar por encima del dogma. “Creo que esta
sociedad, el Congreso, los políticos tienen que asumir con valentía enfrentar
el dogmatismo religioso y actuar con racionalidad”, afirmó.
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