Un recurso contencioso
administrativo establece que el Ministerio de Educación vulnera la Ley General
de Educación, la Ley del Libro y Bibliotecas, y los principios de confianza
legítima, seguridad jurídica y certeza normativa de la Ley 107-13, al ordenar
la producción de nuevos libros de texto, de manera abrupta, luego de finalizar
un proceso de evaluación y aprobación de libros que duró desde el 2018 hasta el
2022.
apoderado de un recurso que demanda la anulación de una ordenanza del
Ministerio de Educación que “establece la Preparación de Contenidos,
Estrategias, Materiales y Recursos para el Aprendizaje” violando preceptos
constitucionales y varias disposiciones legales.
El recurso considera que la citada
resolución no sólo viola el debido
proceso administrativo, consagrado en los artículos 69.10 y 139 de la
Constitución y los artículos 4.8, 4.26, 6.9, 30 y 31 de la Ley núm. 107-13,
sino que vulnera la Ley General de Educación, la Ley del Libro y Bibliotecas, y
los principios de confianza legítima, seguridad jurídica y certeza normativa de
la Ley 107-13.
El recurso contra la Ordenanza
03-2022 es sustentado por la empresa editorial Casa Duarte SRL, representada
por los abogados Olivo Rodríguez Huertas, Boris De León Reyes e Ismael Tavárez
Beras.
La casa editorial asegura que la
ordenanza emitida el 12 de diciembre de 2022 por el Consejo Nacional de
Educación, suscrita por el ministro de Educación y presidente del Consejo,
doctor Ángel Hernández, incumple los requerimientos legales, al realizarse sin
la ejecución de un procedimiento administrativo y sin la participación de las
personas afectadas.
“Casa Duarte, SRL, ha recibido con
mucha sorpresa que, en fecha 12 de diciembre de 2022, el CONSEJO NACIONAL DE
EDUCACIÓN emitiera la Ordenanza 03-2022, ya que su aprobación se dio sin llevar
a cabo el procedimiento administrativo aplicable, sin la participación de las
editoras que son uno de los actores principales en la producción bibliográfica
del sistema educativo dominicano”, resalta el documento.
El recurso indica que la ordenanza
contiene tres faltas fundamentales que ameritan su nulidad: 1) instruye la
preparación, selección y difusión de nuevos libros de texto, entre otros
recursos educativos; 2) dispone la creación de la “Unidad Editorial del
MINERD”, que elaboraría contenidos educativos y trabajaría en coordinación con
la Dirección General de Currículo; y, 3) dispone la contratación de autores
independientes, instituciones de educación superior, universidades, academias,
entre otros, para la elaboración de los materiales educativos del currículo
regulado por el Ministerio de Educación.
Nuevos libros de textos, en vez
de usar los aprobados
El documento jurídico recibido por
el TSA evidencia que la Ordenanza 03-2022, al instruir la preparación,
selección y difusión de libros de texto nuevos, incumple con el párrafo I del
artículo 78 de la Ley General de Educación, al no considerar la vigencia
obligatoria de 4 años de los libros aprobados.
Con esta acción -afirma- se
vulnera el principio de confianza legítima, seguridad jurídica y certeza
normativa consagrados en la Ley 107-13, al ordenar la producción de nuevos
libros de texto, de manera abrupta, luego de finalizar un procedimiento de
evaluación y aprobación de libros que duró desde el 2018 hasta el 2022.
“Los libros aprobados en las
Ordenanzas núm. 03-2021 y 01-2022 fueron creados por la industria editorial
como resultado de una significativa inversión en investigación y desarrollo
(redacción, autoría, edición, ilustración, confección, diagramación, etc.),
agotando el largo y costoso proceso de aprobación del MINERD, con la
expectativa de que estas inversiones serían amortizadas con las futuras
adquisiciones de los libros,” expresa Casa Duarte.
solicitud de nulidad de la ordenanza Casa Duarte cuestiona el hecho de que se
ordenen nuevos libros cuando existen dos ordenanzas anteriores con más de 350
libros aprobados.
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