Por: Luis Henríquez Canela

Hace algún tiempo, Juana trabajaba como peluquera en un pequeño salón de
belleza de Irma, donde, por un salario de apenas 12,000 pesos mensuales,
desempeñaba sus labores en un espacio con solo dos sillones y equipo limitado.

Después de años de servicio, surgieron desavenencias laborales. Irma, en
un arrebato durante una discusión, decidió despedir a Juana. Al acudir a la
oficina de trabajo, se determinó que el salón debía a Juana la suma de 250,000
pesos en prestaciones laborales.

Irma, al recibir el requerimiento, evaluó su situación y, sin los fondos
necesarios, propuso a Juana quedarse con el salón como propietaria, mientras
ella asumía el rol de empleada. Juana aceptó, y con ello enfrentó una nueva
realidad: administrar un negocio con los retos de nómina, TSS, y otros
servicios esenciales. Irma, ahora empleada, encontró satisfacción en sus nuevas
responsabilidades, liberada de las obligaciones gerenciales.

Este caso real resalta las complejidades de la cesantía en República
Dominicana y es relevante ante el reciente debate sobre su posible modificación
en el Código Laboral, propuesta por el sector empresarial.

Desde la promulgación de la Ley 87-01, se esperaba una reforma al
artículo 80 del Código Laboral, la cual nunca llegó, dejando a los empleadores
con una doble carga: la contribución a las pensiones mediante la TSS y el
pasivo de cesantía. ¿Es justo? A mi juicio, no lo es.

La cesantía, concebida para proteger a los trabajadores en caso de
despido injustificado, es una práctica poco común en otras legislaciones,
generando así una controversia constante sobre su impacto en el sector
empresarial. Con la Ley 87-01 y la creación del Sistema Dominicano de Seguridad
Social, los empleadores enfrentaron aportes mensuales obligatorios a fondos de
pensiones, incrementando sus cargas financieras y dejando a muchas empresas en
una posición insostenible.

Algunas propuestas buscan mitigar esta situación, como la creación de un
seguro de desempleo financiado por empresarios y el Estado, evitando así la
acumulación de pasivos laborales. También se sugiere limitar temporalmente la
acumulación de cesantía para aliviar la carga financiera de las empresas y
prevenir deudas laborales impagables.

El acumulativo de cesantías sin respaldo suficiente pone a muchas
empresas en riesgo de demandas, embargos y sanciones. Esto es particularmente
grave para las pymes, que no siempre tienen la capacidad financiera para
enfrentar estos compromisos. Urge una revisión que permita proteger tanto los
derechos de los trabajadores como la sostenibilidad de las empresas.

Es indispensable un diálogo maduro y multisectorial que incluya a los
sectores empresarial, gubernamental y sindical para analizar la cesantía en
toda su dimensión. Además, debe considerarse su impacto en la competitividad
nacional: un esquema rígido de cesantía desalienta la inversión extranjera y
limita la competitividad del país en el mercado global. Un sistema más flexible
podría incentivar la creación de empleos y fomentar el crecimiento económico.

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