Las
infracciones graves serán sancionadas con la suspensión de la transmisión por
hasta 90 días y multas entre 30 a 200 salarios mínimos

Claudia
Fernández       Diario Libre

Santo Domingo
– El presidente Luis Abinader remitió este viernes 2 de mayo al Senado de la
República el proyecto de ley que regulará la libertad de expresión y los medios
digitales mediante la Ley Orgánica de libertad de expresión y medios
audiovisuales.

Al conocerse
la noticia, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta,
indicó que se trata de una iniciativa en la que participaron diversos actores
de la sociedad civil, medios de comunicación y destacados juristas en la
materia, con el fin de crear un marco legal moderno y democrático.

La propuesta
reconoce la prohibición de la censura previa, estableciendo que cualquier
restricción debe tener un fin legítimo dentro de una sociedad democrática.
Asimismo, se reafirma el derecho de los medios a acceder a fuentes informativas
sin discriminación, fortaleciendo la transparencia y la diversidad informativa.

¿En qué
consiste el proyecto?

De acuerdo
con el documento, esta ley tiene por objeto regular la libertad de expresión en
todas sus manifestaciones, resguardando todos los derechos conexos a la
comunicación social y el periodismo, de conformidad con las reglas del
ordenamiento jurídico dominicano sobre acceso a la información, así como los
procedimientos administrativos y jurisdiccionales para la protección de los
derechos de todas las partes envueltas en el proceso de búsqueda, recepción y
difusión de ideas, datos e informaciones.

“Toda
persona tiene derecho a la libertad de expresión, en cualquier forma y por
cualquier medio. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y
difundir informaciones e ideas de toda índole”, establece el artículo 3
del Capítulo 1.

“El
ejercicio de la libertad de expresión no está sujeto a censura previa, sino a
responsabilidades ulteriores fijadas expresamente por la ley”, agrega en
el artículo 4.

Cualquier
restricción a este derecho deberá tener un fin legítimo y ser necesaria en una
sociedad democrática.

“Toda
persona tiene derecho a ser protegido respecto de las injerencias arbitrarias e
ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, así
como de ataques ilegítimos a su honra o reputación”, resalta el texto.

La ley
propuesta reconocería el derecho a toda persona a acceder a internet
independientemente de su condición social, económica y geográfica, para
asegurar el disfrute efectivo del derecho a las libertades de expresión e
información, así como a otros derechos fundamentales.

El Estado
propenderá a garantizar un acceso universal, ubicuo y equitativo,
económicamente accesible y de calidad adecuada a la infraestructura de Internet
y a los servicios de las tecnologías de la información y la comunicación.

En el
Capítulo II, artículo 6 declara que “la libertad de expresión incluye los
derechos a no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y
recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de
fronteras y por cualquier medio de expresión”.

Los
funcionarios, los políticos, los candidatos a cargos electivos o quienes
mantengan una presencia notable, activa e influyente, en los medios de
comunicación y en las redes sociales están sujetos a un mayor escrutinio por
parte de la sociedad y deben ser más tolerantes con las críticas a su desempeño
y funciones.

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